Lo habitual en Chile: el arrendatario paga los servicios (luz, agua, gas, internet), los gastos comunes ordinarios y las reparaciones menores por el uso; el propietario paga las contribuciones, los gastos comunes extraordinarios y las reparaciones necesarias de la propiedad. Lo que manda es el contrato: si dice otra cosa, se hace como dice.
Quién paga cada gasto en un arriendo
| Gasto | Quién paga habitualmente | Ojo con |
|---|---|---|
| Luz, agua, gas, internet | Arrendatario | Revisar que las cuentas queden al día al entregar la propiedad. |
| Gastos comunes ordinarios | Arrendatario, si el contrato lo dice | La comunidad puede cobrarle la deuda al propietario. |
| Gastos comunes extraordinarios | Propietario | Obras o mejoras del edificio; el contrato puede decir otra cosa. |
| Contribuciones | Propietario | Cuatro cuotas al año; atrasarse genera intereses. |
| Reparaciones menores por el uso | Arrendatario | Llaves, enchufes, ampolletas, daños que él causó. |
| Reparaciones necesarias | Propietario | Estructura, cañerías, techo, artefactos que fallan por antigüedad. |
Contribuciones: cuándo se pagan
Las contribuciones son el impuesto territorial de la propiedad y se pagan en cuatro cuotas: abril, junio, septiembre y noviembre, con vencimiento a fin de cada uno de esos meses. Algunas propiedades están exentas total o parcialmente; revisa tu caso en el SII.
Cómo cobrar o devolver un gasto sin discusiones
- Guarda el respaldo: boleta, presupuesto o foto, y la fecha.
- Si lo pagaste tú y le corresponde al arrendatario, súmalo al próximo cobro, completo o una parte, con el detalle a la vista.
- Si lo pagó el arrendatario y te correspondía a ti, descuéntalo del próximo arriendo. Si el descuento supera el arriendo, el resto queda a su favor para el mes siguiente.
- Si lo pagaste con la garantía, anótalo: la garantía baja y la diferencia tendrá que reponerse o se descontará al final.
Cómo lo hace Arrenda
- Cuentas de cada propiedad: luz, agua, gas, internet, gastos comunes y contribuciones, con quién las paga y su día de vencimiento. Te avisa si alguna queda impaga.
- Calendario de contribuciones con las próximas cuotas.
- Gastos con origen: pagados por ti, por el arrendatario o con la garantía. Los cobras al arrendatario (todo o una parte) o los descuentas del arriendo, y todo queda en el aviso de cobro con su detalle.
Ordena las cuentas de tus propiedades en un solo lugar.
Crear cuenta gratisPreguntas frecuentes
¿Quién paga las contribuciones de una propiedad arrendada?
Lo habitual es que las pague el propietario, porque es un impuesto sobre la propiedad. El contrato puede decir otra cosa, pero si no lo dice, son del dueño. Se pagan en cuatro cuotas al año: abril, junio, septiembre y noviembre.
¿El arrendatario paga los gastos comunes?
Normalmente el arrendatario paga los gastos comunes ordinarios del mes, si el contrato lo establece. Los gastos extraordinarios, como obras mayores del edificio o mejoras, suelen ser del propietario. Si el arrendatario no paga, la administración del edificio puede cobrarle la deuda al propietario.
¿Quién paga una reparación?
Las reparaciones pequeñas que se producen por el uso diario (locativas) suelen ser del arrendatario. Las necesarias para que la propiedad siga sirviendo, como una falla de cañerías o del techo, suelen ser del propietario. El contrato puede detallarlo.
Si el arrendatario pagó una reparación que me correspondía, ¿cómo se la devuelvo?
Lo más simple es descontarla del próximo arriendo, con la boleta como respaldo. En Arrenda registras el gasto como pagado por el arrendatario y eliges cuánto descontar: el total o una parte.
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado o contador. Lo que manda es lo que dice tu contrato y la ley vigente.