La garantía se devuelve al terminar el arriendo, en el plazo que fija el contrato (muchos dicen 30 días), descontando solo lo que corresponde: daños más allá del uso normal, arriendos o cuentas impagas. El desgaste por el uso normal no se descuenta. Lo mejor es entregar una liquidación por escrito: lo recibido, cada descuento con su respaldo y lo que se devuelve.
Para qué sirve la garantía de arriendo
La garantía, que suele ser de un mes de arriendo, respalda al propietario frente a lo que solo se conoce al final: daños en la propiedad, cuentas que llegan después de la entrega o arriendos que quedaron pendientes. No es un pago adelantado ni un último mes gratis.
Qué se puede descontar y qué no
| Se puede descontar | No se debería descontar |
|---|---|
| Daños causados más allá del uso normal: vidrios rotos, puertas o muebles dañados, manchas o perforaciones importantes. | El desgaste por el uso normal: pintura gastada por el tiempo, roce de pisos, uso esperable de artefactos. |
| Arriendos impagos al momento de la entrega. | Mejoras que el propietario decide hacer para el próximo arrendatario. |
| Cuentas impagas del período arrendado: luz, agua, gas, gastos comunes. | Reparaciones de fallas que no son responsabilidad del arrendatario, como desperfectos estructurales. |
| Lo que el contrato diga expresamente, como la limpieza final si así se pactó. | Montos sin respaldo: cada descuento debería tener foto, presupuesto o boleta. |
El Código Civil pide al arrendatario devolver la propiedad en el estado en que la recibió, considerando el deterioro por el uso legítimo. Por eso el acta de entrega con fotos al inicio es tu mejor prueba al final.
Cuándo devolver la garantía
- Revisa la propiedad el día de la entrega, con el arrendatario presente si es posible, y compara con el acta y las fotos del inicio.
- Espera las últimas cuentas del período arrendado: luz, agua, gas y gastos comunes.
- Arma la liquidación con lo recibido, cada descuento y su respaldo.
- Devuelve el saldo dentro del plazo del contrato y guarda el comprobante de la transferencia.
Ejemplo de liquidación de garantía
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Garantía recibida | $450.000 |
| Reparación del calefont (con boleta) | −$85.000 |
| Cuenta de agua impaga del último mes | −$18.500 |
| A devolver | $346.500 |
Si el arrendatario debe más de lo que cubre la garantía, la diferencia queda como deuda a su nombre y la liquidación debería mostrarla.
Cómo lo hace Arrenda
- Registra la garantía de cada contrato, en pesos o en UF, con la fecha en que la recibiste y el plazo para devolverla.
- Descuenta los gastos que pagaste con ella y, si el arrendatario la repone, la vuelve a subir.
- Arma la liquidación: lo recibido, cada descuento, lo que el arrendatario deba y lo que queda por devolver.
- Te avisa el plazo de devolución para que no se te pase.
Lleva la garantía en orden desde el primer día.
Crear cuenta gratisPreguntas frecuentes
¿En cuánto tiempo hay que devolver la garantía?
En el plazo que diga el contrato. Muchos contratos fijan 30 días desde la entrega de la propiedad, para alcanzar a revisar el estado y que lleguen las últimas cuentas. Si el contrato no dice nada, conviene acordarlo por escrito al momento de la entrega.
¿Se puede descontar la pintura de la garantía?
Depende. El desgaste por el uso normal de la propiedad no debería cobrarse al arrendatario. Si las paredes quedaron dañadas más allá de ese uso normal (manchas, perforaciones grandes, colores distintos sin autorización), sí puede descontarse el arreglo, idealmente con fotos y presupuesto o boleta.
¿La garantía se devuelve reajustada?
Solo si el contrato lo dice. Algunos contratos piden devolverla reajustada según el IPC o expresada en UF; otros, en el mismo monto en pesos. Revisa la cláusula de garantía.
¿Puede el arrendatario usar la garantía como último mes de arriendo?
En general no, salvo que ambas partes lo acuerden. La garantía existe para cubrir daños y deudas que se conocen después de la entrega; si se usa como arriendo, el propietario queda sin respaldo.
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado o contador. Lo que manda es lo que dice tu contrato y la ley vigente.